Ley 9.963

Otorgamiento de pensión graciable. Juan guglielmetti

Promulgación 25/10/1940Publicación 31/10/1940Ver en IMPO

3 artículos

Artículo 1

Acuérdase al doctor Juan Guglielmetti, una pensión graciable, vitalicia e inembargable, de tres mil seiscientos pesos ($ 3.600.00) anuales, en sustitución de las legales que por cualquier concepto pudieran corresponderle.

Artículo 2

El cincuenta por ciento de esta pensión pasará a sus hermanas solteras en el caso que existieran, cuando faltare el beneficiario, siempre que carezcan de recursos y hubieran vivido a expensas del causante.

Artículo 3

Comuníquese, etc.