Ley 9.967

Gobiernos departamentales. Autorización. Banco de San José. Préstamos

Promulgación 16/11/1940Publicación 23/11/1940Ver en IMPO

3 artículos

Artículo 1

Autorízase a la Intendencia Municipal de San José para contratar con el Banco de San José, un préstamo por la suma de quince mil pesos ($ 15.000.00), que se destinará a obras de vialidad y que será amortizado en tres cuotas consecutivas y semestrales con el siete por ciento (7%) de interés, cuyos vencimientos serán al 31 de Marzo de 1941, al 30 de Setiembre del mismo año y al 31 de Marzo de 1942, debiendo figurar dichas cuotas en la parte de "Obligaciones" de los presupuestos que regirán en los ejercicios 1941 y 1942.

Artículo 2

La Intendencia remitirá al Tribunal de Cuentas un plan previo de obras confeccionado por su oficina técnica y una rendición de cuentas especial de la inversión del monto autorizado.

Artículo 3

Comuníquese, etc.