Artículo 183 del Código de la Niñez y la Adolescencia

(Principios rectores).- A fin de proteger los derechos de los niños y adolescentes, en lo que refiere a la publicidad elaborada y divulgada en todo el territorio nacional, deberán atenderse los siguientes principios: A) Los anuncios publicitarios no deben incitar a la violencia, a la

comisión de actos delictivos o a cualquier forma de discriminación. B) Las prestaciones del producto deben mostrarse en forma

comprensible y que coincida con la realidad.

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