Artículo 88 del Código de la Niñez y la Adolescencia
(Medidas privativas de libertad).- Las medidas privativas de libertad son: A) Internación en establecimientos, separados completamente de los
establecimientos carcelarios destinados a adultos. B) Internación en iguales establecimientos con posibilidades de gozar de
semilibertad.
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