Artículo 98 de la Constitución de la República
Para ser Senador se necesita ciudadanía natural en ejercicio, o legal con siete años de ejercicio, y, en ambos casos, treinta años cumplidos de edad.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Para ser Senador se necesita ciudadanía natural en ejercicio, o legal con siete años de ejercicio, y, en ambos casos, treinta años cumplidos de edad.
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