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  1. Normas
  2. Código Aduanero
  3. Disposiciones comunes a la importación y a la exportación
  4. Capítulo VIII

Artículo 190 del Código Aduanero

(Actualización).- Los tributos aduaneros serán actualizados al momento del pago en función de la variación producida en el valor de la Unidad Indexada desde el momento en que se devenguen hasta el momento de su efectivo pago.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo VIII · arts. 188 a 192

  1. 188(Pago).- 1. El pago de tributos a la importación definitiva debe ser…
  2. 189(Devolución).- 1. La devolución de los tributos aduaneros se…
  3. 190(Actualización).- Los tributos aduaneros serán actualizados…
  4. 191(Título y juicio ejecutivo).- 1. La Dirección Nacional de Aduanas…
  5. 192(Suspensión por no regularización de documentación o mora en el pago…