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Artículo 139 del Código Aeronáutico

(Prueba del contrato).- El contrato de transporte de pasajeros debe probarse por escrito. Tratándose de transporte regular, el billete de pasaje es prueba suficiente de la celebración del contrato.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Sección I · Transporte de personas · arts. 139 a 142

  1. 139(Prueba del contrato).- El contrato de transporte de pasajeros debe…
  2. 140(Menciones).- El billete de pasaje debe contener:
  3. 141(Omisión, irregularidad o pérdida del billete de pasaje).- La falta…
  4. 142(Interrupción del viaje).- Si el viaje previsto hubiese sido…