Artículo 180 del Código Aeronáutico
(Pérdida del beneficio de la limitación de responsabilidad).- El explotador o transportador no tendrá derecho a ampararse en las prescripciones de este Título que limitan su responsabilidad, cuando los daños y perjuicios provengan de su dolo, o culpa grave, o del dolo o culpa grave de personas bajo su dependencia, actuando en ejercicio de sus funciones.
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