Artículo 547 del Código Civil
El usuario de una heredad tiene solamente derecho a los objetos comunes de alimentación y combustible.
Está obligado a recibir éstos del dueño o a tomarlos con su permiso.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
El usuario de una heredad tiene solamente derecho a los objetos comunes de alimentación y combustible.
Está obligado a recibir éstos del dueño o a tomarlos con su permiso.
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