Artículo 121 del Código Contencioso Administrativo
(Procedimiento en el supuesto de medidas preliminares cautelares o anticipativas).- Si se solicitara una medida preliminar cautelar o anticipativa el procedimiento y la impugnación será el indicado en el Capítulo II de este Título.
En los demás casos se ajustará a las reglas dispuestas en los artículos siguientes.
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