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  1. Normas
  2. Código de Aguas
  3. Del dominio de las aguas
  4. De las aguas pluviales

Artículo 22 del Código de Aguas

Los propietarios de los álveos de aguas pluviales no podrán construir en ellos obras que puedan hacer variar su curso natural en perjuicio de terceros, o cuya destrucción por la fuerza de las avenidas pueda causar grave daño.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo II · De las aguas pluviales · arts. 19 a 23

  1. 19Pertenecen al dueño del predio las aguas pluviales que caen o se…
  2. 20Pertenecen al dominio público las aguas pluviales que escurren…
  3. 21Alveo de las corrientes de aguas pluviales es el terreno que éstas…
  4. 22Los propietarios de los álveos de aguas pluviales no podrán…
  5. 23Para realizar en la atmósfera actividades susceptibles de modificar…