Artículo 17 del Código de la Niñez y la Adolescencia
(De los deberes de los niños y adolescentes).- Todo niño y adolescente tiene el deber de mantener una actitud de respeto en la vida de relación familiar, educativa y social, así como de emplear sus energías físicas e intelectuales en la adquisición de conocimientos y desarrollo de sus habilidades y aptitudes. Especialmente deberán: A) Respetar y obedecer a sus padres o responsables, siempre que sus
órdenes no lesionen sus derechos o contravengan las leyes. B) Cuidar, en la medida de sus posibilidades, a sus ascendientes en su
enfermedad y ancianidad. C) Respetar los derechos, ideas y creencias de los demás. D) Respetar el orden jurídico. E) Conservar el medio ambiente. F) Prestar, en la medida de sus posibilidades, el servicio social o ayuda
comunitaria, cuando las circunstancias así lo exijan. G) Cuidar y respetar su vida y su salud.
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