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Artículo 348 del Código General del Proceso

Procedencia del proceso ordinario.-

Tramitarán por el proceso ordinario todas aquellas pretensiones que no tengan establecido un proceso especial para su sustanciación.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo III · Disposiciones generales · arts. 348 a 350

  1. 348Procedencia del proceso ordinario.-
  2. 349Procedencia del proceso extraordinario.- Tramitarán por el proceso…
  3. 350Reglas especiales para ciertas pretensiones.-