Artículo 215 del Código Penal
(Atentado culpable contra la seguridad de las vías férreas)
El atentado culpable contra la seguridad de las vías férreas, será castigado con seis meses de prisión a seis años de penitenciaría.
Es aplicable a este delito, la agravante prevista en el artículo anterior.
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