Artículo 241 del Código Penal

(Certificación falsa por un funcionario público)

El funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, extendiere un certificado falso, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión.

Con la misma pena será castigado el particular que expidiere un certificado falso en los casos en que la ley le atribuyese valor a dicha certificación.

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