Artículo 51 del Código Penal
(Circunstancias que no se tienen en cuenta)
No influyen en el aumento de la pena las circunstancias inherentes al delito, las que constituyen, por sí mismas, delitos independientes y las que la ley ha previsto como agravantes especiales del hecho.
Texto según IMPO.Ver en IMPO

