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Artículo 237 de la Constitución de la República

Los miembros de la Suprema Corte de Justicia durarán diez años en sus cargos sin perjuicio de lo que dispone el artículo 250 y no podrán ser reelectos sin que medien cinco años entre su cese y la reelección.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo II · arts. 234 a 238

  1. 234La Suprema Corte de Justicia se compondrá de cinco miembros.
  2. 235Para ser miembro de la Suprema Corte de Justicia se requiere:
  3. 236Los miembros de la Suprema Corte de Justicia serán designados…
  4. 237Los miembros de la Suprema Corte de Justicia durarán diez años…
  5. 238Su dotación será fijada por el Poder Legislativo.