Artículo 156 del Código Aduanero

(Formalidades).- La solicitud de envío en consignación estará sometida a las mismas formalidades exigidas para la declaración de exportación definitiva, con excepción de los elementos relativos al precio y demás condiciones de venta, siendo de aplicación, no obstante, la obligación de declarar un valor estimado.

Reglamentado por: Decreto N° 98/015 de 20/03/2015.

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