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  4. Capítulo V

Artículo 263 del Código Aduanero

(Independencia de la acción penal).- La acción penal relativa a los delitos aduaneros, tanto en su promoción como en su ejercicio, es independiente de la acción fiscal. El conocimiento por el mismo juez en las acciones penal y fiscal, no produce causa de impedimento, recusación o excusación.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo V · arts. 258 a 263

  1. 258(Contrabando).- 1. Comete el delito de contrabando y se halla sujeto…
  2. 259(Circunstancias atenuantes especiales del delito de contrabando).-…
  3. 260(Circunstancias agravantes especiales del delito de contrabando).-…
  4. 261(Funcionarios públicos condenados por delito de contrabando).-…
  5. 262(Defraudación aduanera).- 1. El que directamente o por interpuesta…
  6. 263(Independencia de la acción penal).- La acción penal relativa…