Artículo 264 del Código Aduanero

(Cometidos).- La Junta de Clasificación de la Dirección Nacional de Aduanas tendrá los siguientes cometidos en materia de clasificación arancelaria: A) Clasificar las mercaderías cuando le sea requerido de acuerdo con lo

dispuesto por la normativa vigente. B) Emitir criterios de clasificación. C) Asesorar al Director Nacional de Aduanas y al Ministerio de Economía

y Finanzas. D) Actuar como perito cuando se lo requiera la jurisdicción

competente. E) Dictaminar en los expedientes de consultas previas. (*) F) Dar cumplimiento a otros cometidos en materia de clasificación

arancelaria que le asigne el Poder Ejecutivo.

Literal E) reglamentado por: Decreto N° 145/015 de 26/05/2015.

Texto según IMPO.Ver en IMPO