Artículo 264 del Código Aduanero
(Cometidos).- La Junta de Clasificación de la Dirección Nacional de Aduanas tendrá los siguientes cometidos en materia de clasificación arancelaria: A) Clasificar las mercaderías cuando le sea requerido de acuerdo con lo
dispuesto por la normativa vigente. B) Emitir criterios de clasificación. C) Asesorar al Director Nacional de Aduanas y al Ministerio de Economía
y Finanzas. D) Actuar como perito cuando se lo requiera la jurisdicción
competente. E) Dictaminar en los expedientes de consultas previas. (*) F) Dar cumplimiento a otros cometidos en materia de clasificación
arancelaria que le asigne el Poder Ejecutivo.
Literal E) reglamentado por: Decreto N° 145/015 de 26/05/2015.
Texto según IMPO.Ver en IMPO

