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  1. Normas
  2. Código Aeronáutico
  3. Servicios aéreos
  4. Generalidades

Artículo 107 del Código Aeronáutico

(Clasificación).- Los servicios aéreos se clasifican del modo siguiente:

A) Servicios de transporte aéreo público.

B) Servicios de trabajos aéreos.

C) Servicios aéreos privados.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo I · Generalidades · arts. 106 a 107

  1. 106(Principio).- La explotación de toda actividad comercial aérea…
  2. 107(Clasificación).- Los servicios aéreos se clasifican del modo…