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Artículo 63 del Código Aeronáutico

(Concepto).- Por infraestructura aeronáutica se entiende los aeródromos y los aeropuertos, así como todas las instalaciones y servicios destinados a permitir, facilitar y asegurar las operaciones aeronáuticas en tierra, agua y aire.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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