Artículo 81 del Código Contencioso Administrativo

(Contenidos mínimos).- Todo escrito de parte deberá llevar en la parte superior una suma o resumen del petitorio, la invocación del órgano jurisdiccional al que va dirigido, la identificación de quien comparece, los datos individualizantes del expediente, los fundamentos de su presentación y el petitorio o requerimiento que formula.

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