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  1. Normas
  2. Código General del Proceso
  3. Desarrollo de los procesos
  4. Derogaciones y observancia de este código

Artículo 547 del Código General del Proceso

Vigencia.-

Este Código entrará en vigencia el 20 de noviembre de 1989.

Redacción dada por: Ley N° 16.053 de 20/07/1989 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Ley N° 15.982 de 18/10/1988 artículo 547.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Título XI · Derogaciones y observancia de este código · arts. 544 a 550

  1. 544Derogaciones.-
  2. 545Excepciones.-
  3. 546Leyes de arrendamientos y desalojos.-
  4. 547Vigencia.-
  5. 548Excepciones.-
  6. 549Régimen intermedio.-
  7. 550Comuníquese, etc.-