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  1. Normas
  2. Código Penal
  3. Parte general
  4. De las medidas de seguridad
  5. De su régimen

Artículo 95 del Código Penal

El máximo de duración de las medidas que se impongan por las sentencias de la segunda categoría será de diez años, el máximo de duración de las de la tercera, quince y el mínimo de la misma un año.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo I · De su régimen · arts. 92 a 103

  1. 92(Régimen)
  2. 93(No existe medida de seguridad sin sentencia)
  3. 94(Duración indeterminada de las medidas de seguridad)
  4. 95El máximo de duración de las medidas que se impongan…
  5. 96(Cese de las medidas de seguridad)
  6. 97(Del cumplimiento de las medidas curativas)
  7. 98(Del cumplimiento de las medidas educativas)
  8. 99(Del cumplimiento de las medidas eliminativas)
  9. 100(Del cumplimiento de las medidas preventivas)
  10. 101(Caución de no ofender)
  11. 102(De la vigilancia de la autoridad)
  12. 103(Régimen de las medidas de seguridad)