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  1. Normas
  2. Constitución de la República
  3. Del Poder Judicial
  4. Capítulo V

Artículo 244 de la Constitución de la República

La ley fijará el número de Juzgados Letrados de la República, atendiendo a las exigencias de la más pronta y fácil administración de Justicia, y seńalará los lugares de sede de cada uno de ellos, sus atribuciones y el modo de ejercerlas.

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Capítulo V · arts. 244 a 246

  1. 244La ley fijará el número de Juzgados Letrados de la República…
  2. 245Para ser Juez Letrado, se requiere:
  3. 246Los Jueces Letrados con efectividad en el cargo, durarán…