Artículo 294 de la Constitución de la República
Los cargos de Intendente y de miembros de Junta Departamental, son incompatibles con el ejercicio de otra función pºblica electiva, cualquiera sea su naturaleza.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Los cargos de Intendente y de miembros de Junta Departamental, son incompatibles con el ejercicio de otra función pºblica electiva, cualquiera sea su naturaleza.
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