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  2. Constitución de la República
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  4. Capítulo único

Artículo 328 de la Constitución de la República

La Corte Electoral se comunicará directamente con los Poderes Pºblicos.

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Capítulo único · arts. 322 a 328

  1. 322Habrá una Corte Electoral que tendrá las siguientes facultades…
  2. 323En materia presupuestal y financiera, se estará a lo que se dispone…
  3. 324La Corte Electoral se compondrá de nueve titulares que tendrán doble…
  4. 325Los miembros de la Corte Electoral no podrán ser candidatos a ningún…
  5. 326Las resoluciones de la Corte Electoral se adoptarán por mayoría…
  6. 327La Corte Electoral podrá anular total o parcialmente las elecciones…
  7. 328La Corte Electoral se comunicará directamente con los Poderes…