Artículo 81 del Texto Ordenado Asistencia Médica

Definición.-

Se consideran Seguros Parciales aquellos prestados por las Instituciones de Asistencia Médica Privada que mediante una cuota de prepago, otorgan a sus afiliados Asistencia Médica de acuerdo a las condiciones establecidas en los siguientes artículos.

Fuente: Decreto N° 495/989 de 31 de octubre de 1989, artículo 2ş.

Texto parcial y ajustado

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Texto según IMPO.