Artículo 25 del Texto Ordenado Obras Públicas
El Contratista desarrollará los trabajos de manera que en los plazos parciales seńalados en el Pliego de Especificaciones Particulares se ejecute la parte correspondiente y que las obras queden terminadas en el plazo estipulado.
Salvo los casos de reclamos por parte del Contratista, que de acuerdo a lo establecido en este pliego puedan dar motivo a la rescisión del contrato, el Contratista no podrá paralizar ni aun momentáneamente las obras.
Texto según IMPO.

