NormasEntrarProbar gratis
  1. Normas
  2. Texto Ordenado Obras Públicas
  3. Rescisión del contrato

Artículo 67 del Texto Ordenado Obras Públicas

La devolución de la garantía y las sumas retenidas en los pagos parciales se hará cuando hayan sido recibidas las obras correspondientes y siempre que no existan reclamos contra el Contratista por ningún concepto.

None

Texto según IMPO.

AnteriorArtículo 66SiguienteArtículo 68

Rescisión del contrato · arts. 66 a 68

  1. 66La rescisión del contrato tendrá por consecuencia en todos los casos…
  2. 67La devolución de la garantía y las sumas retenidas en los pagos…
  3. 68Cuando existan actos u omisiones por parte de la Administración…