Artículo 127 del Código Aduanero

(Definición).- Los regímenes aduaneros especiales son regulaciones específicas dentro de un régimen aduanero que permiten el ingreso o egreso del territorio aduanero o la circulación por el mismo de mercaderías, medios de transporte y unidades de carga, sin el pago o con el pago parcial de tributos y con sujeción a un despacho aduanero simplificado, en razón de la calidad del declarante, de la naturaleza de las mercaderías, del uso o aplicación que se haga de las mismas o de su forma de envío o destino.

Reglamentado por: Decreto N° 200/016 de 04/07/2016, Decreto N° 98/015 de 20/03/2015.

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