Artículo 129 del Código Aduanero
(Aplicación).- Los requisitos, condiciones, formalidades y procedimientos simplificados para la aplicación de los regímenes aduaneros especiales previstos en este Título, se regirán por lo previsto en la legislación aduanera.
Reglamentado por: Decreto N° 200/016 de 04/07/2016, Decreto N° 98/015 de 20/03/2015.
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