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  1. Normas
  2. Código Aeronáutico
  3. Responsabilidad
  4. Abordaje aéreo
  5. Daños y perjuicios causados a terceros en la superficie

Artículo 178 del Código Aeronáutico

(Límite de responsabilidad).- Si el abordaje se ha producido por caso fortuito o fuerza mayor, el explotador de cada una de las aeronaves soportará la responsabilidad dentro de los límites y en las condiciones previstas en esta Sección.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Sección III · Daños y perjuicios causados a terceros en la superficie · arts. 176 a 178

  1. 176(Solidaridad y limitación de responsabilidad).- En caso de daños…
  2. 177(Concurrencia de culpas).- Si hubiera concurrencia de culpas…
  3. 178(Límite de responsabilidad).- Si el abordaje se ha producido…