Artículo 81 del Código Aeronáutico
(Idoneidad).- El personal técnico aeronáutico deberá tener patente de capacidad y licencia para el ejercicio de su profesión en la forma que establezca la reglamentación.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
(Idoneidad).- El personal técnico aeronáutico deberá tener patente de capacidad y licencia para el ejercicio de su profesión en la forma que establezca la reglamentación.
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