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  2. Código Civil
  3. De las personas
  4. Del domicilio de las personas

Artículo 34 del Código Civil

El menor no emancipado o habilitado, así como el mayor a quien se ha nombrado curador, no tiene otro domicilio que el de sus padres, tutores o curadores.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Título II · Del domicilio de las personas · arts. 24 a 38

  1. 24El domicilio consiste en la residencia, acompañada, real…
  2. 25El lugar donde un individuo está de asiento o donde ejerce…
  3. 26No se presume el ánimo de permanecer ni se adquiere…
  4. 27Al contrario, se presume desde luego el ánimo de permanecer…
  5. 28El domicilio no se muda por el hecho de residir voluntariamente…
  6. 29Los eclesiásticos obligados a una residencia determinada, tienen…
  7. 30Cuando concurran en varias secciones territoriales, con respecto…
  8. 31La mera residencia hará las veces de domicilio, respecto…
  9. 32Se podrá en un contrato establecer de común acuerdo un domicilio…
  10. 33El domicilio conyugal se fijará de común acuerdo entre los esposos.
  11. 34El menor no emancipado o habilitado, así como el mayor a quien se ha…
  12. 35Los mayores de edad que sirven o trabajan en casa de otros, tendrán…
  13. 36El domicilio del difunto, siendo en territorio nacional, determina…
  14. 37El domicilio de las corporaciones, establecimientos y asociaciones…
  15. 38Las reglas de este Título se entenderán sin perjuicio…