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  3. De las personas
  4. De los ausentes
  5. De la presunción de ausencia

Artículo 50 del Código Civil

La ley sólo considera ausente para los efectos de este Título, al individuo cuya residencia actual se ignora o de quien no se tienen noticias y cuya existencia es por consiguiente dudosa.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo I · De la presunción de ausencia · arts. 50 a 54

  1. 50La ley sólo considera ausente para los efectos de este Título…
  2. 51El ausente a los ojos de la ley ni está vivo ni está muerto.
  3. 52Si hay necesidad real de proveer a la administración de todos…
  4. 53El Juzgado, a solicitud de cualquiera de los interesados, nombrará…
  5. 54El Ministerio Público queda especialmente encargado de vigilar…