Artículo 712 del Código Civil
Lo dispuesto en los dos artículos precedentes, se extiende a la pesca en los arroyos, estanques, lagunas o charcos de propiedad particular.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Lo dispuesto en los dos artículos precedentes, se extiende a la pesca en los arroyos, estanques, lagunas o charcos de propiedad particular.
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