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  1. Normas
  2. Código de Comercio
  3. De los contratos de comercio
  4. De los modos de extinguirse las obligaciones
  5. De la pérdida de la cosa

Artículo 1012 del Código de Comercio

La disposición de los artículos precedentes no es extensiva a las obligaciones de género o cantidad, que perecen siempre para el deudor.

CONCORDANCIA TEMATICA: Código Civil de 19/10/1994 artículo 1558.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo VI · De la pérdida de la cosa · arts. 1009 a 1012

  1. 1009Cuando la cosa cierta y determinada, objeto de la obligación…
  2. 1010El deudor tiene que probar el caso fortuito que alegue. Si el deudor…
  3. 1011Cuando la cosa ha perecido, salido del comercio o perdídose, sin…
  4. 1012La disposición de los artículos precedentes no es extensiva…