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  1. Normas
  2. Código Penal
  3. Libro II
  4. Delitos contra la paz pública
  5. Capítulo I

Artículo 152 del Código Penal

(Excepción de las normas relativas a la participación criminal)

Cualquier asistencia que se preste a la asociación susceptible de favorecer su acción, o su mantenimiento, o su impunidad, fuera de los casos de participación o de encubrimiento, será castigada con tres a dieciocho meses de prisión.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo I · arts. 147 a 152

  1. 147(Instigación pública a delinquir)
  2. 148(Apología de hechos calificados como delitos)
  3. 149(Instigación a desobedecer las leyes)
  4. 150(Asociación para delinquir)
  5. 151(Circunstancias agravantes de la asociación delictuosa)
  6. 152(Excepción de las normas relativas a la participación criminal)