Artículo 211 del Código Penal
(Incendio y estrago culpables)
El incendio y el estrago culpables, serán castigados con seis meses de prisión a seis años de penitenciaría.
Constituye una circunstancia agravante de este delito, la circunstancia de que del hecho resulte la muerte o la lesión de varias personas.
Texto según IMPO.Ver en IMPO

