Artículo 357 del Código Penal
(Caza abusiva)
Con la misma pena será castigado el que cazare en fundo ajeno, contra la expresa prohibición del legítimo ocupante.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
(Caza abusiva)
Con la misma pena será castigado el que cazare en fundo ajeno, contra la expresa prohibición del legítimo ocupante.
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