Artículo 5 del Texto Ordenado Asistencia Médica
Protecciůn de la Salud.-
El Estado legislarŠ en todas las cuestiones relacionadas con la salud e higiene pķblicas, procurando el perfeccionamiento fŪsico, moral y social de todos los habitantes del paŪs.
Fuente: Constituciůn Nacional artŪculo 44.
Texto parcial
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Texto según IMPO.

