Artículo 95 del Texto Ordenado Asistencia Médica
Exclusiones.-
Son de aplicaciůn para las Instituciones de Asistencia Mťdica Privada Particular de Cobertura Total, las exclusiones y otras limitaciones que el Ministerio de Salud Pķblica admite para las Instituciones de Asistencia Mťdica Colectiva.
Texto nuevo
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Texto según IMPO.

