Artículo 148 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) 2012

Cuando se inicie el sumario a contadores que por aplicación del artículo 113 de este Texto Ordenado tengan calidad de Contadores Delegados del Tribunal de Cuentas, el hecho deberá ser comunicado a dicho Tribunal, y no podrá separarse del cargo al inculpado sin la previa opinión del mencionado órgano.

Fuente: ley 15.903 de 10/nov/987, artículo 583.

None

Texto según IMPO.Ver en IMPO