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  1. Normas
  2. Código Aeronáutico
  3. Delitos contra la seguridad de la navegación aérea
  4. Capítulo único

Artículo 203 del Código Aeronáutico

(Vuelo ilícito de aeronaves).- El que hubiere hecho volar la aeronave, en algunas de las circunstancias referidas en el artículo anterior por él conocidas, será castigado con las sanciones respectivas previstas en el mismo.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo único · arts. 198 a 208

  1. 198(Violencia en aeronaves).- Comete delito el que:
  2. 199(Reenvío).- A los fines del presente Título, se considera…
  3. 200(Peligro para el hecho aviatorio y extremos vinculados a éste).-…
  4. 201(Formas culposas).- Las formas culposas del delito anterior, se…
  5. 202(Ilegitimidades en la conducta aviatoria).- Comete delito el que:
  6. 203(Vuelo ilícito de aeronaves).- El que hubiere hecho volar…
  7. 204(Quebrantamiento de inhabilitación aviatoria).- Comete delito el que:
  8. 205(Peligro por hecho aviatorio impropio).- Comete delito el que:
  9. 206(Conducción indebida o clandestina de aeronaves).- El que condujere…
  10. 207(Vuelo en zonas prohibidas).- El que con una aeronave, atravesare…
  11. 208(Omisión del deber de asistencia).- El que omitiere cumplir…