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Artículo 55 del Código Aeronáutico

(Privilegios sobre la carga).- Los privilegios sobre la carga se extinguen en caso de que no se ejercieren las acciones pertinentes dentro de los quince días de haber finalizado las operaciones de descarga, no siendo necesario, a los efectos de su ejercicio, el que se encuentren inscriptos.

Texto según IMPO.Ver en IMPO

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Capítulo V · Créditos privilegiados · arts. 52 a 57

  1. 52(Principio).- Los créditos privilegiados establecidos en el presente…
  2. 53(Extensión de los privilegios).- En caso de deterioro…
  3. 54(Graduación).- Tendrán privilegio sobre la aeronave:
  4. 55(Privilegios sobre la carga).- Los privilegios sobre la carga se…
  5. 56(Funcionamiento de los privilegios).- Los créditos relativos…
  6. 57(Extinción de los privilegios).- Los privilegios se extinguen: