Artículo 2297 del Código Civil
La prenda confiere al acreedor el derecho de hacerse pago en la cosa dada en prenda, con preferencia a los demás acreedores en caso de concurso, con tal que medien las circunstancias requeridas en el Título De la graduación de acreedores la graduación de acreedores.
Pero entre acreedor y deudor o no tratándose de preferencia respecto de tercero, la prueba del contrato de prenda seguirá las reglas generales.
Texto según IMPO.Ver en IMPO

