Artículo 2395 del Código Civil
La ley del lugar de la celebración del matrimonio rige la capacidad de las personas para contraerlo y la forma, existencia y validez del acto matrimonial.
Ver vigencia: Ley N° 19.920 de 27/11/2020 artículo 62 (La Ley N° 19.920 de 27/11/2020 artículo 62, derogó la Ley N° 10.084 de 03/12/1941 que agregaba como apéndice del Título final del Código Civil aprobado por Ley N° 917 los artículos 2393 a 2405).
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