Artículo 2403 del Código Civil

Las reglas de competencia legislativa y judicial determinadas en este Título, no pueden ser modificadas por la voluntad de las partes. Esta sólo podrá actuar dentro del margen que le confiera la ley competente.

Ver vigencia: Ley N° 19.920 de 27/11/2020 artículo 62 (La Ley N° 19.920 de 27/11/2020 artículo 62, derogó la Ley N° 10.084 de 03/12/1941 que agregaba como apéndice del Título final del Código Civil aprobado por Ley N° 917 los artículos 2393 a 2405).

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